Tipo de Norma: Ley
Número: 11307
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11307DECRETO-LEY N9 11307
Modificando la distribución de los fondos del impuesto de Pro-Desocupados, a que se refiere la partida Np 175 del Pliego de Fomento del Presupuesto General de
1950.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha dado el Decreto-Ley siguiente:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO Considerando:
Que en la distribución de los fondos del impuesto de Pro-Desocupados, se ha considerado en el Pliego de Fomento y Obras Públicas la partida N9 175-b) con
la suma de S/o.' 8’000,000.00 destinada a obras de Irrigación;
Que al consignar dicha partida se ha incurrido en duplicidad, ya que existe la partida 175-g) destinada para el mismo fin, a la vez, que le resta disponibilidades a la 175-h), la que debe contar con los fondos suficientes para la prosecución de las obras que se efectúen con cargo a ella;
Que por lo tanto es necesario proceder a anular la cuenta Especial 175-b) y distribuir la suma a ella asignada entre las partidas 175-g) y 175-h) de acuerdo con los porcentajes señalados en la Ley N* 8499;
En uso de las facultades de que está investida ha dado el siguiente;
Decreto-ley:
Modificase la distribución de la partida No. 175 del Pliego de Fomento y Obras Públicas, del Presupuesto General de la República para 1950, en la siguiente forma:
a) .—Carreteras........................S/o. 3’000,000.00
b) .—Corporación Nacional de Turismo.......... „ P500,000.00
c) .—Corporación Nacional de Vivienda.......... „ 1,200,000.00
d) .—Hotel de Turistas Tarma ............. „ 2’000,000.00
e) .—Ferrocarril Pucallpa..... ............ ,, 12’000,000.00
f) .—Servicios empréstitos autorizados por las leyes
10253, 10619, 10638 y 11044 y para obras varias
de irrigación (40%).................. „ 12,612,234.69
g) .—Comisión Distribuidora, para asistencia social y
otras obras (60%).................... 18’918,352.03
Total......................S/o. 51,230,586.72
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de marzo de mil novecientos cincuenta.
General de Brigada Manuel A„ Odría. Presidente de la Junta Militar de Gobierno .
General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.
Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.
General de Brigada Armando Artola, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.
General C.A.P. José C. Villanueva, Ministro de Aeronáutica.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.