Ley Nº 11304

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 11304

Tipo de Norma: Ley

Número: 11304


Visualización de la norma: Ley 11304



Descargar Ley 11304 en PDF -

documento PDF

 11304

DECRETO-LEY N” 11304

Crédito suplementario para habilitar las partidas Nos. 8, 32 y 58 del Pliego de Marina del Presupuesto General de

1949.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el Decreto-Ley siguiente:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que habiendo resultado insuficientes las sumas asignadas a las partidas No. 8 “Para Jornales de Obreros del Ministerio y Dependencias”; No. 32, “Para Pensiones del Personal superior, subalterno y civil, incluyendo la bonificación

del 20% dé acuerdo con el Decreto-Ley de 3 de diciembre de 1948” y No. 58, “Para compra de petróleo, gasolina, carbón, leña, agua y toda clase de combustible y lubricantes” del Pliego de Marina del Presupuesto General de la República de 1949, en liquidación;

De conformidad con los artículos 17*

y 189 de la Ley Orgánica de Presupuesto, No 4598;

De acuerdo con lo informado por la

r

Contraloría General de la República y por la Dirección del Presupuesto;

En uso de las facultades de que está investida, ha dado el siguiente

Decreto-Ley:

Artículo único__Autorízase al Minis

terio de Hacienda y Comercio para abrir un Crédito Suplementario por la suma de un millón ciento ochentidos mil doscientos cincuenticuatro soles oro y nueve centavos (S/o. 1'182,254.09) para habilitar las siguientes partidas del Pliego de Marina del Presupuesto General de la República de 1949, en liquidación:

A la partida N* 8 S/o. 289*411.18

A la partida N° 32 . „ 300,000.00

A la partida Np 58 . „ 592,842.91

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los . diez días del mes de marzo de mil novecientos cincuenta.

General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno .

General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.

General de Brigada Armando Arlóla, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.

General C.A.P. José C. Villanueva, Ministro de Aeronáutica.

Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio.

Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura

Teniente Coronel Augusto Romero Lovo, Ministro de Justicia y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villaeorta, Ministro de Gobierno y Policía.

Teniente Coronel José del C. Cabrejo* Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Por tanto;

Mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 10 de marzo de 1950.

Manuel a. odria.

Emilio Pereyra Marquina.

Total .... .S/o. 1*182,254.09

Este crédito será cubierto con cargo a los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal de 1949, en liquidación .



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos