Tipo de Norma: Ley
Número: 11288
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11288DECRETO-LEY N*> 11288
Crédito extraordinario para atender a ios gastos que demande la concurrencia de la Delegación del Perú a la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha dado el Decreto-Ley siguiente:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO Considerando:
Que es necesario señalar los fondos
destinados a cubrir los gastos que demandan en el país y en el exterior la
concurrencia de la Delegación del Perú a la Corte Internacional de Justicia de La Haya;
Dfe conformidad con lo dispuesto en el artículo 18° de la Ley Orgánica de Presupuesto, No. 4598;
De acuerdo con lo informado por la Contraloria General de la República y
la Dirección del Presupuesto;
En uso de las facultades de que está investida;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo único. — Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para
abrir un Crédito Extraordinario dena-
minado: “Delegación Peruana Corte In-
ternacionar, por la suma de dos millones de soles oro (S/o. 2*000,000.00), y contra el cual girará el Ministerio de Relaciones Exteriores a fin de atender a los gastos que demandan en el país y en el exterior la concurrencia de la Delegación del Perú a la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
Este crédito será cubierto con cargo a los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal del presente año.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos cincuenta.
General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno .
General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.
Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.
Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores.
Teniente Coronel Augusto Víllaeorta, Ministro de Gobierno y Policía.
Teniente Coronel Augusto Romero Lovo, Ministro de Justicia y Culto.
General de Brigada Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio .
Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.
Teniente Coronel José del C. Cabrejo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Coronel Alberto López, Ministro de
Salud Pública y Asistencia Social.
General C.A.P. José C. Villanueva, Ministro de Aeronáutica.
Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.
General de Brigada Armando Artola,
Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.
Por tanto:
Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.
Lima, 10 de febrero de 1950.
MANUEL A. ODRIA.
Pereyra.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.