Ley Nº 11285

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 11285

DECRETO-LEY N* 11285

Derogando la Ley N* 10327, que exigía el requisito de ser Abogado a los Inspectores Regionales de Trabajo.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

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La Junta Militar cié Gobierno ha dado el Decreto-Ley siguiente:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que el requisito de ser abogado exigido por la Ley No. 10327 a los Inspectores Regionales de Trabajo limita las oportunidades del Poder Ejecutivo para la provisión de dichas plazas de acuerdo con las posibilidades presupuéstales y los lincamientos generales fijados por el Decreto Supremo de 14 de diciembre de 1949.

En uso de las facultades de que está investida;

Decreta:

Artículo único. — Derógase la Ley No. 10327.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos cincuenta.

General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno .

General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A* Baldías, Ministro de Marina.

General de Brigada Armando Artola, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.

General G.A .P. José C. Villanueva, Ministro de Aeronáutica.

Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada Emilio Pereyra Marquma, Ministro de Hacienda y Comercio.

Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

Coronel Alberto León Díaz, Ministro

de Agricultura.

Teniente Coronel Augusto Romero Lovo, Ministro de Justicia y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.

Teniente Coronel José del C. Cabrejo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Por tanto*

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 10 de febrero de 1950.

MANUEL A. ODRIA.

Artola.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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