Ley Nº 11227

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 11227

DECRETO-LEY N° 11227.

Disposiciones para el pago de la deuda de los Exhibidores Cinematográficos por concepto de alquiler de los Noticiarios Nacionales; y disponiendo la reorganización del Servicio de Noticiarios Nacionales.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que el servicio de los Noticiarios Nacionales no ha podido organizarse hasta hoy con absoluta regularidad, por deficiencias de carácter técnico que es propósito del Gobierno subsanar;

Que, por otra parte, y a causa de las reclamaciones formuladas por la Asociación de Exhibidores Cinematográficos,

se ha suspendido en diversas épocas la cobranza del alquiler de dichos Noticiarios, cuando no fueron exhibidos, habiéndose acumulado por tal concepto una deuda de cerca de un millón de soles a favor del Fisco, para cuya efectividad se inició últimamente la aplicación de las facultades coactivas;

Que en este estado, la referida Asociación ha solicitado que se contemple el



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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