Tipo de Norma: Ley
Número: 11199
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11199DECRETO-LEY N° 11199.
Crédito suplementario a la partida N° 156 del Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de 1949, destinada a la construcción del Hospital
de Policía.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Considerando:
Que, no obstante haberse habilitado la partida N9 156 del Pliego de Gobierno y Policía, destinada a “Para la Construcción del Hospital de Poiicia“, con un crédito Suplementario de S/ o. 500,000.00 ésta ha resultado insuficiente ;
Siendo de urgencia atender a la adquisición e instalación de implementos conexos con la ampliación de las obras del Hospital mencionado;
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 179 y 189 de la Ley N9
4598;
De acuerdo con lo informado por la Contraloria General de la República y la Dirección de Presupuesto;
En uso de las facultades de que esta investida, ha dado el siguiente
Decreto-Ley:
Artículo único.—Autorizase al Ministerio de Hacienda y Comercio para abrir un nuevo Crédito Suplementario por la
suma de QUINIENTOS MIL SOLES ORO (S/o. 500,000.00),. a fin de habilitar la partida N9 156 del Pliego de Go. bierno y Policía del Presupuesto General de la República vigente.
Este Crédito será cubierto con los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal del presente año.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de octubre de mil novecientos cuarentinueve.
General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.
General de Brigada Zeoóo Moriega, Ministro de Guerra^
Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.
Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Teniente Coronel Augusto Vfflecorta, Ministro de Gobierno y Policía.
General de Brigada Armando Arlóla, Ministro de Justicia y Trabajo.
General de Brigada Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio.
Coronel Juan Mendoza R., Ministro de Educación Pública.
Teniente Coronel José del C. Cabré jo. Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
General C. A. P. José C. Villanueva, Ministro de Aeronáutica.
Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.
Por tanto:
Mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Lima, I 1 de octubre de 1949.
MANUEL A. ODRIA.
Emilio Pereyra Marquina.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.