Ley Nº 11197

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 11197

DECRETO-LEY N* 11197.

Crédito suplementario a las partidas Nos. 46— d. y 46 f. del Pliego de Guerra del Presupuesto General de 1949.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que habiendo resultado insuficientes las sumas asignadas & las Partidas Nos. 46 d. Alojamiento de Oficiales; y 46 f. Edificios del C. I. M. P.; del Pliego de Guerra del Presupuesto General de la República en vigencia;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 79 y 1 8 de la Ley Orgánica de Presupuesto N9 4598;

De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República y por La Dirección de Presupuesto;

En uso de las facultades de que está investida ha dado el siguiente

Decreto-Ley:

Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para abrir

un CREDITO SUPLEMENTARIO por la suma de TRES MILLONES CIENTO SE-

SENTIOCHO MIL SOLES ORO (S/o.

3 168,000.00), para habilitar las siguientes partidas del Pliego de Guerra, del Presupuesto General de la República en vigencia:

A la Part. N9 46 d. S/o. 2*000,000.00 A la Part. N9 46 f. „ 1*168,000.00

TOTAL .. .. S/o. 3*168,000.00

Este Crédito será cubierto con los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal del presente año.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y nueve.

General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.

General de Brigada Zenón Noríega, Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A. Baldías, Ministro de Marina.

Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.

General de Brigada Armando Artola, Ministro de Justicia y Trabajo.

General de Brigada Emilio Pereyra Mar quina. Ministro de Hacienda y Comercio.

Teniente Coronel José del C. Cabré jo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

General C. A. P. José VUlanueva, Ministro de Aeronáutica.

Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, I I de octubre de 1949.

MANUEL A. ODRIA.Emilio Pereyra Marquina.

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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