Ley Nº 11181

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 11181

DECRETO-LEY N 11181.

Crédito suplementario a la partida N 156 del Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de 1949, para la construcción del Hospital de

Policía.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno Ha dado el siguiente Decreto-Ley:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que ha resultado insuficiente la suma asignada a la Partida N 156 “Para la Construcción del Hospital de Policía” del Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de la República en vigencia y siendo urgente atender a la adquisición e instalación de implementos conexos con la ampliación de las obras del Hospital mencionado;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos l 7* y 18* de la Ley Orgánica de Presupuesto N° 4598;

De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República y la Dirección del Presupuesto:

En uso de las facultades de que está investida; ha dado el siguiente:

Decreto-Ley:

Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para abrir un Crédito Suplementario por la suma

de QUINIENTOS MIL SOLES ORO

(S/o. 500,000.00), a fin de habilitar la Partida N9 156, del Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de la República, en vigencia.

Este crédito será cubierto con cargo a los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal del presente

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre de mil novecientos cuarentinueve.

General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.

General de Brigada Zenón Noriega. Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A. Saldías, Mi nistro de Marina.

Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.

General de Brigada Armando Artoia, Ministro de Justicia y Trabajo.

General de Brigada Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio.

Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Publica.

Teniente Coronel José del C. C abrejo Ministro de Fomento y Obras Públicas*

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

General C. A. P. José C* Vil lanueva,

Ministro de Aeronáutica.

Coronel Alberto León Díaz, Ministro ¿e Agricultura.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y ** dé el debido cumplimiento.

Lima, 30 de setiembre de 1949.

MANUEL A. ODRIA

Emilio Pereyra M.

ano.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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