Ley Nº 11178

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 11178

DECRETO-LEY N° 11178.

Crédito suplementario a la partida N* 16 del Pliego de Fomento del Presupuesto General de 1949.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:

IA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que habiendo resultado insuficiente la suma destinada a atender el pago de las pensiones de Jubilados y Cesantes correspondiente a la Partida N9 16 del Pliego de Fomento, del Presupuesto General de la República en vigencia;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 7 y 1 89 de la Ley N9 4598-Orgánica de Presupuesto.

De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República y por la Dirección del Presupuesto;

En uso de las facultades de que esta investida, ha dado el siguiente:

Decreto-Ley.

Artículo único.—-Autorízase al Mittí* terio de Hacienda y Comercio para abrir un Crédito Suplementario por la suma de

TRESCIENTOS CINCUENTA MIL SOLES ORO (S/o. 350,000.00), para habilitar la Partida N9 16 del Pliego de Fomento y Obras Públicas del Presupuesto General de la República, en vigencia, destinada *'Para el pago de las pensiones de los jubilados y cesantes del Ramo •

Este crédito será cubierto con los xna' yores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal del presente año.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lb ma, a los treinta días del mes de setiembre de mil novecientos cuarentinueve.

General de Brigada Manuel A. Odr**» Presidente de la Junta Militar de biemo.

General de Brigada Zenón NoDd^ Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A. Saldías, ^ nistro de Marina.

Contralmirante Ernesto Rodríguez,

^¡lústro de Relaciones Exteriores y

Culto-

Teniente Coronel Augusto Villacorta, jyí¿nistr° de Gobierno y Policía.

General de Brigada Armando Artola, Ministro de Justicia y Trabajo.

General de Brigada Emilio Pereyra M., Ministro de Hacienda y Comercio.

Teniente Coronel José del C. Cabrejo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

General C. A. P. José C. Villanueva, Ministro de Aeronáutica.

Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento*

Lima, treinta de setiembre de mil novecientos cuarentinueve.

MANUEL A. O DRIA.Emilio Pereyra M

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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