Tipo de Norma: Ley
Número: 11164
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11164a)--200.96 m2 en la Manzana 7.
DECRETO-LEY N° 11164.
Adjudicando al Ministerio de Guerra diversos terrenos fiscales, para la construcción de casas-habitación para alquilarlas a los Jefes y Oficiales del Ejército y para la construcción de
locales para los Servicios Centrales
del Ejército.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Considerando:
Que, es propósito de la Junta Militar de Gobierno atender al bienestar social de todos sus servidores;
Que los Servicios Centrales del Ejército necesitan contar con locales apropiados para llenar su cometido en condiciones de eficiencia y seguridad;
Que dentro del plan general de construcciones que realiza el Ministerio de Guerra, figura la construcción de casas-habitación de alquiler para los Jefes y Oficiales del Ejército, así como la construcción de locales para dichos Servicios Centrales;
Que el Estado posee terrenos urbanos en Lima, y Balnearios, los que pueden destinarse a los fines indicados;
En uso de las facultades de que está investida.
Decreta:
Artículo l9—Adjudíques/s al Ministerio de Guerra los siguientes terrenos de propiedad fiscal;
URBANIZACION SANTA CATALINA.
a). 1,130.89 m2. en la Manzana
B—1.
URBANIZACION CHACARJLLA-SAN-TA CRUZ.
b) --2,437.28 m2. en la Manzana
4—A.
t
c) --2,029.52 m2. en la Manzana
23.
d) --1,280.00 m2. en la Manzana
46.
URBANIZACION PROLONGACION A_ VENÍDA BENAVIDES (MIRAFLORES)
a)___1,439.00 m2. en leí Manzana
2.
URBANIZACION SAN ANTONIO.
a)__1,498.98 m2. en la Manzana
26.
URBANIZACION LIMA (MÍRAFLORES)
a)__1,194.74 m2. en la Manzana
8.
URBANIZACION SAN GREGORIO a)__1,182.40 m2. en la Manzana
A.
URBANIZACION EL MILAGRO
a)__956. 9r0 m2. en la Manzana A.
URBANIZACION PARQUE SAN MARTÍN
a)__4,307.5 7 m2. en la Manzana
M.
URBANIZACION EL CARMEN
a)_2,940.50 ¡m2. en la Manzana
8.
URBANIZACION EL OLIVAR
a)__619.60 m2. en la Manzana 6.
URBANIZACION OYAGUE
a)__542.36 m2. en la Manzana l.
URBANIZACION SAN BERNARDO
a) __4,001.75 m'2. en la Manzana
2; y
b) __471,25 m2. en la Manzana
4_H.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.