Tipo de Norma: Ley
Número: 11068
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11068DECRETO-LEY N« 11063.
Ampliando el crédito suplementario abierto por Decreto-Ley N° 11012, para habilitar la partida N* 51 del Pliego de Relaciones Exteriores y Culto dd Presupuesto General de 1949* para regu» lanzar los gastos de alojamiento de inmigrantes en el Colegio Militar
“Leoncio Prado*'
FL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha da. do el Decreto-Ley siguiente:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Considerando:
Que es urgente regularizar la totalidad de los gastos de alojamiento en el Colegio Militar ‘Leoncio Prado'’ del perso-nal de inmigrantes llegados últimamente ai país;
Que la suma asignada a la Partida N* 51 del Pliego de Relaciones Exteriores y Culto del Presupuesto General vigente, ha resultado insuficiente para atender a ‘los gastos que origine la recepción de inmigrantes”, así como el crédito suplementario autorizado por Decreto-Ley
Nq 11012, de 29 de abril último;
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 18° de la Ley Orgánica de Presupuesto, N9 4598;
De acuerdo con lo informado por la Contraloria General de la República y la Dirección General de Presupuesto; y
En uso de las facultades de que está
*
investida;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para ampliar el crédito suplementario abierto por Decreto-Ley Nv 11012, en la suma
Je C1NCUENT1CUATRO MIL SOLES DRO (S o. 54,000.00) más, a fin de labilitar la Partida Nv 51, del Pliego de delaciones Exteriores y Culto, del Presupuesto General de la República en videncia.
Este crédito ampliatorio será cubierto con cargo a los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal del presente año.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de. julio de mil novecientos cuarentinueve.
General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.
General de Brigada Zenon Moriega, Ministro de Guerra.
Contralmirante Roque Ai Saldías, Ministro de Marina.
General de Brigada Armando Atóla, Ministro de Justicia y Trabajo.
Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.
Capitán de Navio Ernesto Rodríguez» Ministro de ‘Relaciones Exteriores y Culto.
Coronel Emilio Pereyra Mar quina, Ministro de Hacienda y Comercio.
Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.
Teniente Coronel José del C. Cabré jo. Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Coronel Alberto López, Ministro de
Salud Pública y Asistencia Social.
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General C. A. P. José C. Villanueva, Ministro de Aeronáutica.
Teniente Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.
Por tanto:
Mando se imprima, publique y..eirEij' le y se le dé el debido cumplimiento.
Lima, 15 de julio de- 1*949..
MANUEL A. ODRIA.
Endito Pereyra.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.