Ley Nº 11067

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 11067

DECRETO-LEY Nú 11067.

Transferencia para habilitar la partida N9 46 del Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de 1949, para atender a los gastos de la Dirección

de Publicidad.

EX. PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el Decreto-Ley siguiente:

LA JUNTA MILITAR DÉ GOBIERNO

Considerando:

Que la suma consignada en la Partida N* 46 del Capítulo I, del Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de la República vigente, ha resultado insuficiente para atender a los gastos de^ las labores encomendadas a la Dirección de Publicidad;

De la Partida N° I 0 í, Cap, IV.....

i

A la Partida N° 46, Cap. I.....

Dado en la Casa de Gobierno, en Limara los quince días del mes de julio de

mil-novecientos cuarentinueve.

„ * *

* *

General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.

~ General de Brígida Zenón Noríega, Ministro de Guerra.

‘Corftralmirante Roque A, Saldías, Ministro de Marina,

General de Brigada Armando Arbola, Ministro de JuFticia y Trabajo,

Teniente Coronel Augusto Viliacorla, Ministro de Gobierno y Policía.

Capitán de Navio Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones ' Exteriores y Culto.

Coronel Emilio Fereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio,

Que en cambio existe saldo de libre disposición en la Partid^ N° 101, del Capítulo IV, del mismo Pliego y Presupuesto;

De conformidad con lo dispuesto en el^ artículo 17" de la Ley Orgánica de Presupuesto, N° 4598.

De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República y la Dirección General del Presupuesto; y

En uso de las facultades de que está investida;

i

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de la República, en vigencia, hasta por la suma de

CIEN MIL SOLES ORO (S/o.

100,000.00).

S/o. 100,000.00

s/o. 100,000.00

Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.

Teniente Coronel José del C. Cabrejo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

General C. A. P. José C. Viiianueva, Ministro de Aeronáutica.

Teniente Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 15 de julio de 1949.

MANUEL A. ODRIA.Emilio Pereyra.

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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