Ley Nº 11064

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 11064

DECRETO-LEY N° 11064.

Crédito extraordinario para la adquisición de elementos para la Planta Transmisora y Estudios de Radio Nacional del Perú.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el Decreto-Ley siguiente:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que es necesario proceder a la adquisición de lo» elemente* necesarios pa«

V

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ra el reemplazo y modificación de la Planta Transmisora de Ondas corta y media y Estudios dé Radio Nacional del Perú, para el mejor servicio de esta Estación Radiodifusora;

Que el costo de dichos elementos se

ha estimado en la suma de S/o. 730,000,00; y no habiéndose consignado partida con tal finalidad en el Presupuesto General de la República en vigencia, es urgente determinar los fondos que deben cubrir la adquisición mencionada ;

Con lo informado por la Contrataría General dé la República y la Dirección

General del Presupuesto; y

•»

En uso de las facultades de que está investida

Ha dado el Decreto-Ley siguiente;

Artículo 1().-Autorízase al Ministerio

de H acienda y Comercio pára abrir un Crédito Extraordinario por la suma de

SETECIENTOS TREINTA MIL SOLES ORO (S/o. 730,000.00) denominado; “Adquisición Implementos Radiodifusora Nacional", contra el cual girará el Ministerio de Gobierno y Policía, con el objeto de adquirir los elementos necesarios para el reemplazo y modificación de la Planta Transmisora de Ondas Corla y Media y Estudios de Radio Nacional del Perú.

Artículo 2°—Este crédito será cubierto con cargo a los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuesta! del presente año.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de julio de mil novecientos cuarentinueve.

General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.

General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A, Saldías, Ministro de Marina.

General de Brigada Armando Artola, Ministro de Justicia y Trabajo.

Teniente Coronel Augusto Villacorta,

Ministro de Gobierno y Policía.

- -*

Capitán de Navio Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Coronel Emilio Pereyra Mar quina, Mi-

nirtro de Hacienda y Comercio.

Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.

Teniente Coronel José del C. Cabré jo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia SociaL

General C. A. P. José Villantieva, Ministro de Aeronáutica.

Teniente Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 15 de julio de 1949.

MANUEL Á. ODRIA.Emilio Pereyra,

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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