Tipo de Norma: Ley
Número: 11035
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11035DECRETO-LEY N* 11035.
Transferencias para habilitar la partida N" 4 del Pliego de Fomento del
Presupuesto General de 1949,
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha dado el Decreto-Ley siguiente:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Considerando:
Que ha resultado insuficiente la suma consignada en la Partida N9 4, del Capítulo II, del Pliego de Fomento y O-bras Publicas del Presupuesto General de la República en vigencia, destinada al “pago del personal técnico y administrativo contratado”;
Que en cambio existen saldos de libre disposición en las Partidas N9 46 dei Capítulo III, N9 77 del Capítulo IV, N9 99, de! Capítulo VI y N“ 109, del Capítulo VII, del mismo Pliego y Presupuesto;
De la Part. N9 46, Cap. III • •
De la Part. N" 77, Cap. IV ..
De la Part. N* 99, Cap. VI . .
De la Part. N" 109, Cap. VII ..
A la Part. N9 4, Cap. II: . . . .
¡
TOTALES: . .
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los diecisiete días del mes de junio
de mil novecientos cuarentinueve.
-*»
General .de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.
General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.
Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.
General de Brigada Armando Artoia, Ministro de Justicia y Trabajo.
Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.
Capitán de Navio Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Coronel Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 7 de la Ley Orgánica de Presupuesto, N9 4598;
E>e acuerdo coh lo informado por la
Contraloría General de la República y
por la Dirección del Presupuesto;
En uso de las facultades de que está
investida;
De conformidad con lo dispuesto en
el artículo 1 79 de la Ley Orgánica de
Presupuesto, N9 4598;
E>e acuerdo coh lo informado por la
Contraloría General de la República y
por la Dirección del Presupuesto;
En uso de las facultades de que está
investida;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo único.— Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar las siguientes transferencias de Partidas en el Pliego de Fomento y •Libras Públicas del Presupuesto General de la República vigente, hasta por la suma de VEINTICUATRO MIL SOLES ORO (S/o. 24,000.00):
S/o. 8,000.00
8,000.00
6,000.00
2,000.00
S/o. 24,000.00
S/o. 24,000.00 S/o. 24,000.00
Coronel Juan Mendoza R., Ministro de Educación Pública.
Teniente Coronel José del C. Cabrejo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Coronel Alberto ¡López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
General C. A. P. José C. Villanueva, Ministro de Aeronáutica.
Teniente Coronel Alberto León Díaz,
Ministro de Agricultura.
Por tanto:
Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos cuarentinueve.
MANUEL A. ODRIA.Emilio Pereyra Marquina.(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.