Tipo de Norma: Ley
Número: 10977
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10977DECRETO-LEY N* 10977.
Autorizando a la Caja de Depósitos y Consignaciones para conceder un préstamo al Estado, para la construcción del edificio del Diario Oficial “El
Peruano.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha dado el Decréto-Ley siguiente:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Considerando:
Que por ley 10764 se han creado fondos para destinarlos exclusivamente a la construcción de un edificio para el Diario Oficial 4‘El Peruano”, y por resoluciones supremas de 2 1 de octubre y 29 de noviembre de 1948 y de 27 de enero y (ministerial de 19 de enero del año en curso, se ha dispuesto lo necesario al cumplimiento de dicha ley
Que los fondos recaudados conforme a la acotada ley son insuficientes para llevar a cabo la construcción del mencionado local, que es de necesidad pública;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Autorízase a la Caja de Depósitos y Consignaciones para conceder al Estado un préstamo para la construcción del
edificio del Diario Oficial ‘‘El Peruano”, en las siguientes condiciones:
A) .—El préstamo será hasta por la
suma de Quinientos mil soles
oro (S/o. 500,000.00).
B) .1—El plazo de devolución será
de 5 años.
C) .—El interés que perciba la ins
titución mutuante será del 6 % anual.
D) .—El servicio del préstamo será
atendido con la renta creada
por la Ley N° 10764.
E) . —Sí el producto de la ley
10764 no alcanzara a cubrir dicho servicio, la Caja podrá tomar la diferencia del 3 % que corresponde al Gobierno de acuerdo con el artículo 59
de la ley N 5 3.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos cuarentinueve.
General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.
General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.
Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.
Contralmirante Federico Díaz Dulan-to, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.
Teniente Coronel Marcial Merino, Mí. nistro de Justicia y Trabajo.
Coronel Emilio Pereyra Marquina Ministro de Hacienda y Comercio.
Teniente Coronel Alfonso Llosa G. P. Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.
Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
General C A. P. José Villanueva, Ministro de Aeronáutica.
Coronel Carlos A. MiñaAo, Ministro de Agricultura.
Por tanto:
Mando se imprima, publique y circule y se le dó el debido cumplimiento.
Lima, 25 de marzo de 1948.
MANUEL A. ODRIA.
A. Viliacorta.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.