Ley Nº 10959

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 10959

Tipo de Norma: Ley

Número: 10959


Visualización de la norma: Ley 10959



Descargar Ley 10959 en PDF -

documento PDF

 10959

DECRETO-LEY N9 10959.

Declarando Procer de la Independencia Nacional al Gran Mariscal del Perú, don Mariano Necochea, y disponiendo que sus restos sean trasladados al Panteón d.e los Proceres.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno, ha dado el siguiente Decreto-Ley:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que el 5 de abril del presente año e3 la fecha centenaria del fallecimiento, en ía ciudad de Miraflores, del Gran Mariscal del Perú don Mariano Necochea;

Que este ilustre patriota contribuyó, en grado eminente a la causa de la Independencia Americana, siendo en el Perú el heroico Comandante de la Caballería en el glorioso combate de Junín;

Que desde su llegada al país con la Expedición Libertadora, hasta el día de su muerte, fue verdadero paradigma de dignidad, honor y valentía de soldado, no sólo cuando la gesta Libertadora, sino también en las campañas de consolidación de la República, llegando a convertir sus cargas legendarias en motivo de admira-ración y gratitud nacional;

Que existiendo la circunstancia de haber sido su vida y sus restos, durante el siglo transcurrido, motivo p ara que se manifestaran en ceremonias solemnes las cordiales relaciones que siempre han existido entre la Argentina, su patria de origen, y el Perú su patria de adopción, se hace indispensable rendir a la memoria de eSe insigne americano el homenaje nacional debido a sus excepcionales méritos;

En uso de las facultades de que está investida;

Decreta:

Artículo l9—Declárase Procer de la Independencia Nacional al Gran Mariscal del Perú don Mariano Necochea.

Artículo 29—Procédase a la traslación de sus restos del mausoleo en que reposan, en el Cementerio General de Lima, al Panteón de los Proceres.

Artículo 39—La traslación de los restos se realizará el 5 de abril del presente año. El Ceremonial y Programa Conmemorativo correspondientes estarán a cargo del Ministerio de Guerra.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de febrero de mil novecientos cuarenta y

nueve.

General de Brigada Maní*01 A Odría, Presidente de la Junta Mi Go

bierno.

General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.

Contralmirante Federico Díaz Dulanto, Ministro de Relacionas Exteriores y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villacorta,

Ministro de Gobierno y Policía.

Teniente Coronel Marcial Merino, Ministro de Justicia y Trabajo.

Coronel Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio.

Teniente Coronel Alfonso Llosa G. P., Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Coronel Juan Mendoza, Ministro de

Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

General C^ A. P. José Vilianueva, Ministro de Aeronáutica.

Coronel Carlos Minano,, Ministro de Agricultura.

Por tanto:

Mando se impiima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 25 de febrero de 1949.

MANUEL A. ODRIA.

Zenón Noriega.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos