Tipo de Norma: Ley
Número: 10955
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10955DECRETO-LEY N9 10955
Transferencia para habilitar la partida N9 635 del Pliego de Agricultura del Presupuesto General de 1348.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha dado
el decreto-ley siguiente:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Considerando:
Que han resultado insuficientes las sumas asignadas a la Partida N9 635 “Para Jubilados y Cesantes del Ramo”, Capítulo XXX, del Pliego de Agricultura del Presupuesto General de la República de 1948, en liquidación;
Que existen saldos de libre disposición en las partidas Nos, 6, 10, 11 y 15 del Capítulo II, del mismo Pliego y Presupuesto ;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 7° de la Ley Orgánica de Presupuesto, N 4598;
De acuerdo con lo informado por la
Contrnloría General de la República y la Dirección General del Presupuesto;
En uso de las facultades de que está investida;
Ha dado el Dccreto-L.ey ¿^guíeme; Artículo Unico.-—Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar las seguientes transferencias de partidas en el Pliego de Agricultura del Presupuesto General de la República de 1948, en liquidación; hasta por la
suma de QUINCE MIL SOLES ORO (S/o. 15,000.00):
De la Partida
N
6,
Cap.
II
1 * ♦ 1 1 9
) *
10,
y y
II
i y y y i *
9 9
11,
y y
II
t y 9 y 51
t 9
15,
i y
II
A la Partida
, N
L«U
635,
Cap.
XXX
Totales
1,000.00
1,000.00
4.000. 00
9.000. 00
S/o. 15,000.00
S/o. 15,000.00 S/o. 15,000.00
Casa de Gobierno, en Lima , a los dieciseis días del mes de febrero de mil novecientos cuarcntinueve.
General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.
General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.
Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.
Contralmirante Federico Díaz Dulanto, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.
Teniente Coronel Marcial Merino, Mi-niftro de Justicia y Trabajo.
Coronel tindío Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio.
Coronel Juan Mendoza, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Teniente Coronel Alfonso Llosa G. P., Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social,
General C. A. P. José Villanueva, Ministro de Aeronáutica.
Coronel Carlos A. Miñano, Ministro
J
de Agricultura.
Por tanto:
Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis días del mes de febrero de mil novecientos cuarentinueve.
MANUEL A. CORIA.
Emilio Pereyra Marquina.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.