Ley Nº 10950

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 10950

DECRETO-LEY N9 10950

Autorizando a la Oficina Matriz de la Caja de Depósitos y Consignaciones para transferir a la Cuenta de Orden '‘Fondo de Educación Nacional^ Partida N9 220, los saldos existentes en las Cuentas Especiales abiertas en dicha Caja relacionadas con construcciones escolares.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

En uso de las atrribucions de que está investida;

Ha dado ei siguiente Decreto-Ley;

Considerando:

Que en el Pliego de Ingresos del Presupuesto General de la República, se ha consignado dentro de las Leyes Especiales Cuentas de Orden, la partida N9 220 correspondiente al “Fondo de Educación Nacional*’;

Que en la Caja de Depósitos y Consignaciones, Oficina Matriz, existen saldos provenientes de Cuentas Especiales de obras ya ejecutadas y otras que por su escaso monto no han sido aplicadas para los fnes de su creación;

Que en su mayoría dichas sumas corresponden a Construcciones Escolares; y

Teniendo en cuenta los fines que han motivado el Decreto-Ley N9 (18);

10906;

Ha dado el siguiente Decreto-Ley:

l9—Autorizar a la Caja de Depósitos y Consignaciones, Oficina Matriz, para que transfiera a la Cuenta de Orden “Fondo de Educación Nacional'* Partida N9 220, los saldos existentes en las Cuenta» Especiales, abiertas en dicha Caja, en la siguiente proporción y cuyo monto total asciende a la suma de NOVECIENTOS NOVENTÍDOS MIL, DOSCIENTOS VEir^TIUN SOLES ORO Y OCHENTIUN CENTAVOS ( S / o. 992,221.81);



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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