Ley Nº 10928

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 10928

DECRETO-LEY N9 10928

Transferencia para habilitar la partida Np 635 del Pliego de Agricultura del Presupuesto General de 1948

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno en ejercicio de las facultades de que está investida ha dado el DecretoLey siguiente:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que la suma consignada en la partida

N* 635, Cap. XXX del Pliego de Agricultura del Presupuesto General vigente, así como la habilitación efectuada por la

cantidad de S\. 37,424,47 por Decreto

Supremo de 6 de julio último, han resultado insuficientes para atender al pago de pensiones de jubilados y cesantes de dicho Ramo;

Que las partidas Nos. 1, 3, 4, del Cap.

I, Nos. 6, 9, 11, 14, 15, 35, 37, 38 del Cap.* 11, Nos. 43, 44, 46, 48, 50, 51, 53,

54, del Cap. III, Nos. 62 y 63 del Cap. IV, Nos. 68, 70, 72, 74 del Cap. V, Nos. 75, 76, 84, 87, 88 del Cap. VI, Nos. 89, 90, 92, 94, 95, 97 del Cap. VIL Nos. 100, 105, 108, 109 del Cap. VIII y Nos. 604, 606,. 607, 609 y 613 del

Cap. XXX del mismo Pliego y Presu-

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puesto disponen de saldos;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 79 de la Ley Orgánica de Presupuesto, N° 4598;



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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