Tipo de Norma: Ley
Número: 10928
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10928DECRETO-LEY N9 10928
Transferencia para habilitar la partida Np 635 del Pliego de Agricultura del Presupuesto General de 1948
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno en ejercicio de las facultades de que está investida ha dado el DecretoLey siguiente:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Considerando:
Que la suma consignada en la partida
N* 635, Cap. XXX del Pliego de Agricultura del Presupuesto General vigente, así como la habilitación efectuada por la
cantidad de S\. 37,424,47 por Decreto
Supremo de 6 de julio último, han resultado insuficientes para atender al pago de pensiones de jubilados y cesantes de dicho Ramo;
Que las partidas Nos. 1, 3, 4, del Cap.
I, Nos. 6, 9, 11, 14, 15, 35, 37, 38 del Cap.* 11, Nos. 43, 44, 46, 48, 50, 51, 53,
54, del Cap. III, Nos. 62 y 63 del Cap. IV, Nos. 68, 70, 72, 74 del Cap. V, Nos. 75, 76, 84, 87, 88 del Cap. VI, Nos. 89, 90, 92, 94, 95, 97 del Cap. VIL Nos. 100, 105, 108, 109 del Cap. VIII y Nos. 604, 606,. 607, 609 y 613 del
Cap. XXX del mismo Pliego y Presu-
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puesto disponen de saldos;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 79 de la Ley Orgánica de Presupuesto, N° 4598;
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.