Ley Nº 10917

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 10917

DECRETO-LEY N 10917

Transferencia para habilitar la partida No. 31 del Pliego de Hacienda del Presupuesto General de 1948.

*

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno en ejercicio de las facultades de que está investida. ha dado el Decreto-Ley siguiente:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que la suma consignada en la paiti-da N 31, del Pliego de Hacienda y Comercio del Presupuesto General de la República en vigencia, ha resultado insuficiente; “para atender el servicio de adquisición de útiles de escritorio para todas las dependencias del Ramo’ .;

Que existe saldo de libre disposición

en la partida N9 363 del mismo Pliego y Presupuesto;

De conformidad con lo establecido en el artículo 1 79 de la Ley Orgánica del Presupuesto No. 4398;

De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República y la Dirección del Presupuesto;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

HA DADO EL DECRETO-LEY

SIGUIENTE:

Artículo único.— Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar la transferencia de la suma de

cuarentinueve mil soles erro (S/o. 49.-

✓ *

000.00), en el Pliego de Hacienda del Presupuesto General de la República vigente, tomando de la partida N9 363, Capítulo VI, a fin de habilitar la partida No. 31, Capítulo I.

Casa de Gobierno, en. Lima, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos, cuarenta y ocho.

General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.

Contralmirante Federico Díaz Dulan-lo, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.

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Teniente Coronel Marcial Merino, Ministro de Justicia y Trabajo.

General de Brigada Zenon Noriega, Ministro de Guerra.

Coronel Luis Ramírez Ortiz, Ministro

de Hacienda y Comercio.

Teniente Coronel Alfonso Llosa G. P», Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.

Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de

Salud Pública y Asistencia Social,

Gieneral C. A. P. José Villanueva, Ministro de Aeronáutica.

Coronel Carlos Miñano, Ministro de Agricultura.

Por tanto:

é

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho.

MANUEL A. ODRIA

Luis Ramírez Ortiz



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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