Ley Nº 10909

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 10909

DECRETO-LEY N" 10909

Crédito suplementario para habilitar la partida N'-* 2;18 del Pliego de Guerra del Presupuesto General de 1948

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

*

La Junta Militar de Gobierno en ejercicio de la's facultades de que está investida ha dado el Decreto-Ley siguiente:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que ha resultado insuficiente la suma consignada en la partida N° 218, del Pliego de Guerra del Presupuesto Gene-iuÍ de la República en vigencia;

Que por necesidades de defensa na’

cional, según oficio Nl> 569-DAM. i 9 PL del Ministerio de Guerra, debe realizarse adquisiciones por un valor total de ,S|o. 1*156,350.00, con aplicación a la partida mencionada;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 7 y 18 de la Ley Orgánica de Presupuesto, N9 4598;

De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República y la Dirección del Presupuesto;

Con el voto aprobatorio, del Consejo de Ministros;

HA DADO, EL DECRETO-LÉY

SIGUIENTE

Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para abrir un Crédito Suplementario por la suma de un millón ciento cincuentiaeis mil trescientos cincuenta soles oro (S/o. 1’ I 56,350.00), a fin de habilitar la partida N9 218, del Pliego de Guerra del Presupuesto General de la República en vigencia. Este crédito será cubierto con

cargo a los mayores ingreso! que se obtengan en el ejercicio presupuestal del presente año.

Casa de Gobierno en Limaf a loa tres dias del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho.

General de Brigada Manuel A* Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.

Contralmirante Federico Díaz Dulan-to, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Teniente Coronel Augusto VÜlacorta, Ministro de Gobierno y Policía.

Teniente Coronel Marcial Merino, Ministro de Justicia y Trabajo.

General de Brigada Zenón Moriega,

Ministro de Guerra.

Coronel Luis Ramírez Orti*, Ministro de Hacienda y Comercio.

Teniente Coronel Alfonso Llosa G. P.,

1

Miaistro de Fomento y Obras Públicas.

Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.

Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

General C. A. P. José Vülanueva, Ministro de Aeronáutica.

Coronel Carlos Mxftano, Ministro de Agricultura.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho.

MANUEL A. ODRIA.

Luis Ran airea Ortiz.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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