Tipo de Norma: Ley
Número: 10873
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10873LEY N9 10873.
Mandando expropiar terrenos en la hacienda Chacra Alta, para las obras complementarias que necesita el Colegio Militar Leoncio Prado.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA.
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo l9—Expropiase, en la hacienda Chacra Alta, de propiedad de la Compañía Inmobiliaria Progreso, el área de doscientos ochentinueve mil seiscientos se-sentiun metros cuadrados y ochenta centímetros cuadrados (289,661.80 m2.), ubicada en la parte posterior del lugar que ocupa actualmente el Colegio Militar
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Leoncio Prado, conforme a los planos levantados con este fin.
Artículo 29—La extensión del terreno que se manda expropiar, se dedicará a las obras complementarias que necesita el Colegio Militar Leoncio Prado, de a-cuerdo con los planos que al efecto formulará el Ministerio de Educación Públi-
Artículo 39-Autorízase al Poder Eje
cutivo para efectuar los gastos que el cumplimiento de esta ley demande.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiún días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y siete.
José Gálvez, Presidente del Senado.
Pedro E. Muñiz, Presidente de la Cámara de Diputados.
L. F. Ganoza Chopitea, Senador Secretario.
E. Oswaldo Corpancho, Diputado Pro-Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y siete.
J. L. BUSTAMANTE.
C. de Losada.
ca.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.