Tipo de Norma: Ley
Número: 10872
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10872LEY N9 10872.
Modificando la Ley N9 10606 sobre expropiación de terrenos urbanos en la ciudad de Chilate.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.— Modifiqúese la ley N9 10606 en esta forma:
“Autorízase al Poder Ejecutivo para expropiar, por razones de utilidad pública. los terrenos urbanos que se hallan dentro del perímetro de la ciudad de Chi lete y que pertenezcan a The Peruvian Corporation, Nicolás Alva Castillo, Comunidad de Huertas y otras personas”. “El Poder Ejecutivo, hecha la expro-
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piación cederá dichos terrenos, a título de venta, a quienes lo soliciten, dando preferencia a los pobladores y especialmente a los actuales ocupantes, otorgándoles además las facilidades de pago que crea conveniente".
Consígnese en el Presupuesto General de la República, para 1948, la suma
de Soj. 75,000.00, para atender a los
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gastos de esta expropiación
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los catorce días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y siete,
José Gálvez, Presidente del Senado.
Pedro E. Muñiz, Presidente de la Cámara de Diputados.
L. F. Ganoza Chopitea, Senador Secretario,
E. Oswaldo Corpancho, Diputado Pro-
Secretario,
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de 'Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y siete.
J. L. BUSTAMANTE.
A. L. Fort.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.