Tipo de Norma: Ley
Número: 10827
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10827LEY N9 10827.
Derogando el artículo 12 de la Ley de Elecciones Municipales N9 10733.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.