Ley Nº 10826

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 10826

Tipo de Norma: Ley

Número: 10826


Visualización de la norma: Ley 10826



Descargar Ley 10826 en PDF -

documento PDF

 10826

LEV N® 10826.

Transferencia para Habilitar la partida N* 777 del Pliego de Educación Pública del Presupuesto General de 1946.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Educación Pública del Presupuesto Genera) de la República de 1946, Hasta por la suma de ciento veintinueve mil novecientos noventinueve soles oro y noventi-

dos centavos (S|o. 129,999.92):

De Ja partida

N

264,

Capitulo II .

Sj. 50,000.00

De la partida

N

373.

Capítulo II

„ 79,999.92 Sj.

- . ......i.-¿ ■*; „

129,999.92

A la partida

N<

777,

Capítulo VI .

129,999.92

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de febrero de

febrero de mil novecientos cuarenta y siete.

José Calvez, Presidente del Senado,

Guillermo Luna Cartland, 1 er. Vicepresidente de la Cámara de Diputados.

L. F. Ganoza Chopitea, Senador Secretario,

J. A. Haya de la Torre, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y siete.

J, L. BUSTAMANTE.

Luis Echecopar García.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos