Tipo de Norma: Ley
Número: 10825
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10825LEY N 10825.
Modificando la Ley N® 8724, en el sentido de que la “Sociedad Gran Hotel San Luis 5. A.” construirá edificios para casa-habitación y locales para usos industríales o comerciales, en los terrenos del fundo San Miguel de lea.
PEDRO E. MUÑIZ,
Presidente del Congreso.
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.— Modifícase la ley N° 8724, en el sentido de que la “Sociedad Gran Hotel San Luis S. A.“ construirá edificios para casa-habitación y locales para usos industríales o comerciales, en los terrenos del fundo San Miguel de lea.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiún días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y seis.
José Gálvez, Presidente del Senado.
Pedro E. Muñiz, Presidente de la Cámara de Diputados.
L, F. Ganoza Chopitea, Senador Secretario.
A. A. Pérez Alcázar, Diputado Secretario.
Ai señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Eje-cuitvo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Hacienda y Comercio, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los veinticinco días del mes de febrero de mil novecientos cuarenta y siete.
Pedro E. Muñiz, Presidente del Congreso.
Alcídes Spelucín, Senador Secretario del Congreso.
E. Oswaldo Corpancho, Diputado Prosecretario del Congreso.
Lima, 10 de marzo de 1947.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
Luis Echecopar García,
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.