Ley Nº 10810

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 10810

LEY N9 10810

Autorizando a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos para vender un inmueble de su propiedad, cuyo producto se dedicara a incrementar loe fondos para la construcción de la Ciudad Universitaria.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

a

Ha dado la ley siguiente:

Artículo l9—-Autorízase a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos para que venda, en pública subasta, el inmueble de su propiedad situado en la calle Colegio Real N9 676 ,de la ciudad de Lima.

Artículo 29——La suma que la Universidad obtenga como precio del inmueble cuya venta se autoriza por el artículo anterior, será dedicada a incrementar los fondos existentes para la Construcción de la Ciudad Universitaria.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veinte días del mes de febrero de mil novecientos cuarenta y siete.

José Gálvez, Presidente del Senado.

Pedro E. Muñiz, Presidente de la Cámara de Diputados.

L. F. Ganoza Chopitea, Senador Secretario.

J, A. Haya de la Torre, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto; mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y siete.

J. L. BUSTAMANTE.

C. de Losada.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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