Tipo de Norma: Ley
Número: 10634
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10634RESOLUCION LEGISLATIVA
N°10634
Alimentando la pensión de montepío que disfrutan doña Beatriz y doña Carmen Rotaldo González del Valle
Lima, de junio de 1010.
Lo comunioumos a usted, para su conocimiento y demás fines.
Constitucional
He, se regule con arreglo a la escala de de haberes vigente para Jos miembros de los institutos Armados.
El Congreso, en meriln de la iniciativa d«d Poden* Ejecutivo; de conformidad ron lo dispuesto en el artículo L2U9 d(3 la Consl¡Ilición del Estado, y en vista do los importan (es servicios prestados a la ÍNÍ ación por el doctor Felipe Enfaldo como Cirujano Mayor del Monitor “Huáscar”, primero, concurriendo a todas las acciones de armas libradas por el legendario Monitor hasta el combate de Aligamos el 8 de oc-
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(ubre, de 1870; como asistente, 'después, a los bombardeos del Callao en 1880; y como ador, por último, en la batalla, de Miradores el 15 de enero do 1881, lia resuello que la pensión de montepío (te sus bijas doña Beatriz y doña. Carmen Potable Cotízales del Varee
José Gálvez, Presidente del Senado.
F. León de Vivero, Presidente de la Cámara de Diputados.
Alcídes Spelucín, Senador Secretario.
Augusto Durand, Diputado Secretario.
Al señor Presidente de la República.
Lima, 22 de julio de I í)i(>.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese,
publíquese y archívese.
J. L. BU8TAMANTE.Enrique Laharthe.(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.