Tipo de Norma: Ley
Número: 10625
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10625LEY N° 10625
Modificando el artículo 1 de la Ley N 10558, en la tasa relativa al vino del país, y suprimiendo el impuesto a la cerveza creado por la misma ley
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
SL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo I9—Modifícase el artículo t9 de la Ley N9 10558, en la tasa relativa al vino del país que sera reducida de Sjo. 0.40 a S|o. 0.20 y que se cobrará a la producción al momento de movilizarse a los centros de consumo. Exceptúase de la aplicación de esta ley a todos los licores y vinos que se exportan del país.
Artículo 29—Queda suprimido el impuesto a la cerveza que se creó por la Ley N9 10558.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.