Tipo de Norma: Ley
Número: 10572
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10572LEY N9 10572
Destinando los saldos sin aplicación de la partida IM 54 del Pliego de Justicia del Presupuesto General de 1945, a la adquisición de muebles, enseres y libros de consulta para la Corte Superior de
San Martín
JOSE GALVEZ,
Presidente del Congreso.
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Autorízase al Poder Ejecutivo para destinar los saldos sin aplicación de la partida N9 54 inciso “a” del Pliego Tercero del Presupuesto General de 1945, en liquidación
a la adquisciión de muebles, enseres y
libros de consulta para la Corte Superior del Distrito Judicial de San Martín .
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y seis.
Fernando León de Vivero, Presidente de la Cámara de Diputados.
Alcídes Spelucín, Senador Secretario.
Carlos Manuel Cox, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Justicia y Trabajo, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los
i
veintiséis días del mes de abril de mil novecientos cuarentiseis.
José Gálvez, Presidente del Congreso.
Alcídes Spelucín, Senador Secretario del Congreso.
Carlos Manuel Cox, Diputado Secretario del Congreso.
Lima, 4 de mayo de 1940.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese y publíquese.
Bielich.
José Gálvez, Presidente del Senado.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.