Tipo de Norma: Ley
Número: 1054
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01054LEY N. 1054
Sostenimiento de ingenieros que deben perfeccionar sus conocimientos en las obras en €Q ecucidn en el país
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la le\r siguiente:
El Congreso de la República Peruana. Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Consígnese en el pre-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.