Ley Nº 1053

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 1053

Tipo de Norma: Ley

Número: 1053


Visualización de la norma: Ley 1053



Descargar Ley 1053 en PDF -

documento PDF

 01053

LEY N. 1053

Ingenieros agrónomos en el extranjero

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la. República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Consígnese en el plie-go extraordinario de Fomento, del presupuesto General de la República, á partir del año 1909, la suma de mil doscientas libras peruanas, para sostener en el extranjero, por el término de dos años, á cuatro ingenieros agrónomos, á fin de que perfeccionen sus conocimientos.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, eñ Lima, á los diecinueve días del mes de febrero de mil novecientos nueve. — Agustín G. Ganoza, Presidente del Senado.1—Juan Pando, Diputado Presidente.—José Manuel García, Senador Secretario.—Mario Sosa, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los veintiséis días del mes de febrero de mil novecientos nueve.—A. B. Leguía.—F. Alavza Paz Soldán,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos