Ley Nº 10492

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Número: 10492


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 10492

LEY N9 10492

Disponiendo que los saldos sin aplicación de las partidas Nos- 173 y 174 del pliego de Relaciones Exteriores del presupuesto General de 1945, se empleen en la refacción de las Iglesias de San Benito y Guzmango de la provincia

de Contumazá.

FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente del Congreso.

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único. — Autorízase al Po-der Ejecutivo para empozar en la Caja de Depósitos y Consignaciones, Departamento de Recaudación, los saldos sin aplicación correspondientes a las partidas Nos. 173 y 174 del Pliego de Relaciones Exteriores del Presupuesto General de la República dé 1945, los que deberán ser empleados en la refacción de las Iglesias de San Benito y Guzmango de la Provincia de Contunda, Departamento de Cajamarca.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, Para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los Jemtitres días del mes de enero de mil novecientos cuarentiseis.

^ E. Portugal, 29 Vicepresidente del

Sanado.

Fernando León de Vivero, Presidente de la Cámara de Diputados.

Alcídes Spelucín, Senador Secretario.

Carlos Manuel Cox, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique ai Ministerio de Hacienda y Comercio, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y seis.

Fernando León de Vivero, Presidente del Congreso.

Alcídes Spelucín, Senador Secretario del Congreso.

Carlos Manuel Cox, Diputado Secretario del Congreso.

Lima, 30 de marzo de 1946.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.

M. Vásquez Díaz.

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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