Ley Nº 10434

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 10434

LEY N9 10434.

Disponiendo que ios Sargentos Prime ros, al ascender a Subtenientes o Alíe reces, recibirán gratuitamente el

equipo de Oficial.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1—Los Sargentos Primeros, al ascender a Sub-Tenientes o Alféreces, recibirán gratuitamente el e-quipo de Oficial correspondiente a dicho grado.

Artículo 2—El Poder Ejecutivo consignará en el Presupuesto General de la República, la partida necesaria para el cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congréso, en Lima, a los

veintisiete días del mes de febrero de

mil novecientos cuarenta y seis.

José Gálvez, Presidente del Senado.

F. León de Vivero, Presidente de la

Cámara de Diputados.

Alcídes Spelucín, Senador Secretario.

Carlos Manuel Cox, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y seis.

%

J. L. BUSTAMANTE.

A. Luna F.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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