Tipo de Norma: Ley
Número: 10433
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10433LEY N9 10433.
Creando un Colegio Nacional de Segun-da Enseñanza en la ciudad de Llata, capital de la provincia de Huamalíes.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
Por cuanto:
El Con greso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA.
dado la ley siguiente:
Artículo 1—Créase un Colegio Na-^Onal de Segunda Enseñanza, en la ciudad de Llata, capital de la provincia de Huamalíes.
Artículo. 2°—Autorízase al Poder E-jecutivo a consignar en el próximo Presupuesto General de la República y, progresivamente, en los posteriores, ia partida necesaria para el funcionamiento del indicado Colegio.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero de mil novecientos cuarenta y seis.
José Gálvez, Presidente del Senado.
F. León de Vivero, Presidente de ia Cámara de Diputados.
Alcídes Spelucín, Senador Secretario.
Carlos Manuel Cox, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y seis.
J. L. BUSTAMANTE.
Luis E. Valcárcel.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.