Tipo de Norma: Ley
Número: 10330
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10330LEY X9 10330
Disponiendo que la Corte Superior d« Puno se compondrá de tres Salas, coa diez Vocales y tres Fiscales
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente;
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Articuló I9—La Corte Superior del Distrito Judicial de Puno se compondrá de tres Salas.
Artículo 29—Para osle efecto, auméntase a diez ei número de Vocales y tres el número de Fiscales de dicha Corte, debiendo consignarse en el Prepuesto General de la República para 1946 las partidas respectivas.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los dieciocho días deí mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y cinco.
José Gálvez, Presidente dei Senado.
F. León de Vivero, Presidente de la Cámara de Diputados.
Alcides Spelucín, Senador Secretario.
Carlos Manuel Cox, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: mando se publique y
cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y cinco.
J. L. BUSTAMANTE.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.