Tipo de Norma: Ley
Número: 10302
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10302LEY Ng 10302
Creando una Sub-Esfcación Experimenta! Arrocera en la provincia de
Pacas mayo
JOSE GALVEZ,
Rómulo Jordán C., Senador Seere-
Juan José Tev©s Lazo, Diputado Secretario .
en el artículo Í299 mando se publique
Lima, a los noviembre de
>■ c i n c o .
Presidente del Congreso.
Por cuanto el Congreso ha dado la
ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1—Créase una Sub-Esta-
eión Experimental Arrocera en la Provincia de Pacasmavo.
Artículo 29—Dediqúese para el sostenimiento de la referida Sub-Estación Experimental, el sesenta por ciento (60%) del impuesto correspondiente al aporte de los arroceros de la Provincia de Pacasmayo.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo. en observancia de lo dispuesto
de la Constitución, y se comunique n.l
Ministerio de Agricultura, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en veinte días del mes de mil novecientos cuarenta
José Gáívez, Presidente del Congreso .
Alcides Spelucín, Senador Secretario
del Congreso.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre! de mil novecientos cuarenta v cuatro.
Garles IVlanue! Cox, Diputado
tari o d‘d Congreso.
L i rn a.
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28 de noviembre de
E. Diez Canseco, Presidente del Senado .
regístrese, arehívese.
comuniqúese,
Gonzalos Taiur
Carlos Sayán Alvarez, Di] m í ado Pro
siden te .
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.