Ley Nº 10292

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 10292

LEY N9 10292

Creando una nueva plaza de Médico Sanitario en la provincia de Otuzco,

con residencia en Usauil

m

JOSE GAL VEZ,

Presidente del Congreso.

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la lev siguiente:

C W

Artículo I9—Créase una nueva plaza de Médico Sanitario en la provincia de Otuzco, con residencia en la ciudad de Usquil, capital del distrito del mismo nombre, con haber, goces y derechos establecidos por la ley.

Artículo 29—El Médico Sanitario a que se refiere esta ley, ejercerá las funciones en los distritos de Usquil, Chompín, Charat, Lucma y Huaranchal y haciendas circunvecinas de Chuqui-songo, Huayobamba, Sacabamba, Capa-chique y Cambamba, ubicadas en la región del Alto Chicama o Río Grande.

Artículo 39—El actual Médico Sanitario de Otuzco limitará las atribuciones que le corresponden, solo en la ciudad de Otuzco, distritos de Salpo, La Cuesta, Sinsicap, Agallpampa y las haciendas ubicadas dentro de estos distritos .

Artículo 49—Autorízase al Poder 3-

jecutivo pnra incluir en el Presupuesto

General de la República, la partida co-

Coniuníquese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.

E. Diez Canseco, Presidente del Senado.

Carlos Sayán Alvarez, Diputado Presidente .

Pómulo Jordán C., Senador Secreta-tario.

Juan José Teves Lazo, Diputado Se-

A1 señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los veinte días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y cinco.

José Gálvez, Presidente del Congreso.

Alcides Spelucín, Senador Secreta-Uno del Congreso.

Carlos Manuel Cox, Diputado Secre-Urio dol Congreso.

Lima, 28 de noviembre de 1945.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese,

Publíquese.

Trelles.

respondiente para el funcionamiento Je la nueva plaza de Médico Sanitario

que sc crea Lor es^a ^'



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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