Tipo de Norma: Ley
Número: 10259
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 10259LEY N9 10259.
Mandando consignar partida en el Presupuesto para la terminación del Esta-dio que se construye en. la ciudad de
Cajabamba.FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente del Congreso.
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. — Autorízase al Poder Ejecutivo, para que consigne en el Presupuesto General de la República, la suma de treinta mil soles oro (S|o. 30,000.00), destinada a la terminación del Estadio que se construye en la ciudad de Cajabamba.
Comuniqúese al Poder'Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los
diez días del mes de noviembre de mil
novecientos cuarenticuatro.
E. Diez Canseco, Presidente del Senado.
Carlos Sayán Alvarez, Diputado Presidente.
J. Bustamante y Ballivián, Secretario del Senado.Juan Jasé Teves Lazo, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder E-jecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Fomento y Obras Públicas, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los quince días del mes de octubre de mil novecientos cuarenticinco.
F. León de Vivero, Presidente del Congreso.
L. F. Ganoza Chopitea, Senador Secretario del Congreso.
Augusto Durand, Diputado Secretario dev Congreso.
Lima, 24 de octubre de 1945.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, y publíquese.
Góngora.(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.