Ley Nº 10238

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 10238

RESOLUCION LEGISLATIVA

N9 10238.

Concediendo una pensión de montepío a doña Sidoni Luisa de Smet.

FERNANDO LEON DE VIVERO.

Presidente del Congreso.

»

Por cuanto el Congreso ha dictado

la resolución legislativa siguiente:

Lima, 22 de diciembre de 1944.

Señor:

El Congreso, en mérito de la iniciativa del Poder Ejecutivo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1209 de la Constitución Política del Estado, ha resuelto conceder a doña Sidoni Luisa de Smet, la suma de cincuenta soles oro, en calidad de Montepío, como hermana del que fué Segundo Ingeniero de la Armada, don José de Smet, quien prestó importantes servicios al País durante la guerra de 1879.

Lo comunicamos a usted, para su

conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

E. Diez Canseco, Presidente del Senado.

Carlos Sayán Alvarez, Diputado Presidente.

J- Bustamante y Ballivián, Secretario del Senado.

Juan José Teves Lazo, Diputado Secretario .

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Marina, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintisiete días del mes de agosto de mil novecientos cuarenticinco.

F. León de Vivero, Presidente del Congreso.

Alcides Spelucín, Senador Secretario del Congreso.

Augusto Durand, Diputado Secretario del Congreso.

Lima, 5 de setiembre de 1945.

Comuniqúese, publíquese y archívese .

Alzamora.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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