Tipo de Norma: Ley
Número: 10229
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10229LEY N9 10229
Mandando consignar partida en el Presupuesto para terminar la construcción de la Iglesia de la ciudad de Jaén.
FERNANDO LEON DE VIVERO,
Presidente del Congreso.
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Autorízase al Poder Ejecutivo para consignar en el Presupuesto General de la República, una partida de diez mil soles oro (S]o. 10,000.00), con el objeto de terminar la construcción de la Iglesia de la ciudad de Jaén.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.
E. Diez Canseco, Presidente del Senado .
Carlos Sayán Alvarez, Diputado Presidente .
Rómulo Jordán C., Senador Secretario .
I. Méndez M., Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Hacienda, para su cumplimiento .
Casa del Congreso, en Lima, a los veinticuatro días del mes de agosto de mil novecientos cuarenta y cinco.
F. León de Vivero, Presidente del Congreso.
Alcides Spelucín, Senador Secretario del Congreso.
Augusto Durand, Diputado Secretario del Congreso.
Lima, 28 de agosto de 1945.
Cúmplase, comuniqúese y regístrese.
Rómulo A. Forrero.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.