Tipo de Norma: Ley
Número: 10171
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10171LEY N9 10171
Autorizando la expropiación de la extensión necesaria de terreno para la edificación de un Barrio Obrero destinado a los actuales ocupantes de Santoyo,
Ansieta y Agustino.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo l9-Autorízase al Poder
Ejecutivo para expropiar la extensión necesaria de terreno con destino a la edificación de un Barrio Obrero que albergue a los actuales ocupantes de Santo-
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yo, Ansieta y Agustino.
Artículo 29—El Poder Ejecutivo consignará en el Presupuesto General de la República, las partidas necesarias para la ejecución de las obras correspondientes.
Artículo 39-Los actuales ocupantes
de Santoyo, Ansieta y Agustino, podrán adquirir en propiedad las viviendas que se les asignen en dicho Barrio, con sujeción a las condiciones que fijará el Poder Ejecutivo.
Artículo 49—Mientras se dé cumplimiento a esta ley, no podrá innovarse la
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.