Ley Nº 1004

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 1004

Tipo de Norma: Ley

Número: 1004


Visualización de la norma: Ley 1004



Descargar Ley 1004 en PDF -

documento PDF

 01004

LEY N.° 1004

Creando en el Ministerio de RR. EE. el puesto de encargado de la publicación del Boletín

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la lev siguiente:

El Congreso de 1a República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Créase en el Ministerio de Relaciones Exteriores, el puesto de encargado de la publicación del Boletín, con el haber mensual de quince libras.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los treintiún días del mes de diciembre de mil novecientos ocho. —Agustín G. Ganoza, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente.—José Manuel García, Senador Secretario. — Mario Sosa, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se im orima, publique, circule y se le dé el de oido cumplimiento.—Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los veintisiete días del mes de enero de mil novecientos nueve.— A. B. Lr: guía.—AL F. Porras.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos