Ley Nº 85

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Tipo de Norma: Ley

Número: 85


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 00085

LEY N.° 85

Listritos de Marcará y Pariahuanca

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto e 1 Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la le\’ siguiente:

Artículo único.—Elévase al rango de distritos los pueblos de Marcará y Pariahuanca del cercado de Huaraz, los que conservarán sus nombres, caseríos y

linderos respectivos.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los 27 días del mes de setiembre de 1905.—M. Irigoybn, Presidente del Senado.—Antonio Miró Odesa i>a, Diputado Presidente. —Víctor Castro Iglesias, Secretario del Senado.—Luis Juli o Menéndez. Diputado Secretario.

Excino. señor Presidente déla República.

Por tanto: mando se imprima, publique v circule y se le dé el debido cumplimiento. — Dado en la casa de Gobierno, Lima, á los seis días del mes de octubre de 1905. — Josí: Pardo. — E. I. Ro

mero.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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