Ley núm. 9794

Disponiendo que el producto del impuesto a la paja bombonaje constituye renta municipal de los Concejos Provinciales de Rioja y Moyobamba

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 17046

Suprímense, a partir de la promulgación de la presente ley, los siguientes impuestos, gravámenes y arbitrios locales, cuyas respectivas leyes de creación, nacionales y regionales, así como sus modificatorias, quedan igualmente derogadas: Ley Nº 9794, de 25/1/1943.- Que modifica la aplicación del impuesto establecido por la Ley Nº 2729, en lo que a su recaudación en las provincias de Rioja y Moyobamba se refiere. (...) (Artículo 1º)

Fecha: 04 de Julio de 1968

En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry



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Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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