Ley núm. 8064

Gravando con un sobreimpuesto de veinte centavos cada arroba de coca que se consuma en las provincias de Huari, Huarás y Pomabamba, con destino a la construcción de obras públicas en los mismos lugare

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 16424

i) Junta de Obras Públicas de Ancash: 50% para la terminación de la construcción de la Iglesia Matriz de Caraz y 50% para el descubrimiento y reconstrucción de las ruinas arqueológicas de Chavín. Se deroga la Ley 8064. (Artículo 2º, inciso i).

Fecha: 30 de Enero de 1967

En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry



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Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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