Ley núm. 7920

Exonerando a la industria azucarera nacional de la contribución predial e industrial, así como de los impuestos a que se refiere la ley Nº 7904 y autorizando al Poder Ejecutivo para suspender el cobro

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 8925

Deróganse las Leyes Nos. 4927 (2), 5091 (3), 7872 (1), 7920 (4) y la regional Nº 68 (5). (Artículo 1º)

Fecha: 17 de Agosto de 1939

En el gobierno del presidente Oscar Raimundo Benavides Larrea



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Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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