Norma: Ley
Suprímense, a partir de la promulgación de la presente ley, los siguientes impuestos, gravámenes y arbitrios locales, cuyas respectivas leyes de creación, nacionales y regionales, así como sus modificatorias, quedan igualmente derogadas: Ley Nº 5456, de 19/5/1926.- Que crea un impuesto de un centavo (S/. 0.01) por kilo, peso bruto, de aceituna que se embarque por el puerto de Ilo. (Artículo 1º)
Fecha: 04 de Julio de 1968
En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry
Ver Ley núm. 5456
PDF Ley núm. 5456Ver Ley núm. 17046
PDF Ley núm. 17046Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)