Ley núm. 10348

Modificando la Ley Nº 10048, en el sentido de que el producto del impuesto del tránsito de mercaderías por los puertos de Eten y Pimentel, se dedicará a obras de saneamiento y ornato público de dichas

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 10811

Derógase las Leyes Nos. 6050, 8570, 8573, 9454, 10016, 10169, 10048 y 10348, debiendo aplicarse a los fines señalados en el artículo 3º el producto de los gravámenes creados por dichas leyes y que aùn no hubieran sido afectados al pago de alguna obra en proceso de ejecución. (Artículo 6º)

Fecha: 17 de Diciembre de 1969

En el gobierno del presidente Juan Velasco Alvarado



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Ver Ley núm. 10811

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Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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