Tramites migratorios

Inscripción de Hijos Peruanos Nacidos en el Extranjeros Mayores de Edad

Este trámite migratorio se realiza con el fin de registrar a los hijos peruanos nacidos en el extranjero mayores de edad


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hijos

 

Requisitos Generales:
 
 
  • Formulario F-006 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-006.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/. 46.55 nuevos soles).
  • Recibo de pago al Banco de la Nación por derecho de Inscripción, equivalente al 1% de la UIT (S/. 36.00 nuevos soles).
  • Solicitud dirigida a la DIGEMIN, según modelo establecido.
  • Partida de Nacimiento original, legalizada por el Cónsul peruano de la jurisdicción del lugar de nacimiento o de la Representación Consular del país de origen, acreditada en el Perú y autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.*
  • Copia fotostática simple del pasaporte.
  • Estar al día en el pago de la Tasa Anual de Extranjería y tener la residencia vigente.
  • Declaración jurada simple de gozar de buena salud, domicilio y de antecedentes penales, judiciales y policiales.
  • Copia fotostática simple del documento de identidad del padre o madre peruano.
  • Una (1) fotografías de frente tamaño pasaporte a color en fondo blanco.
  • Adjuntar los documentos de acuerdo a su calidad migratoria vigente.
  • Devolución del Carné de Extranjería vigente o del documento que acredite residencia, al momento de entrega del registro.
 
Horario de Atención: Lunes, Miércoles y Viernes, de 8:30 am a 1:00 pm.
 
Nota:
 
  • Si estuviese en idioma extranjero debe ser traducida al castellano por traductor colegiado.
 
 
Pago por derecho de trámite: S/. 46.55 nuevos soles.
 
Calificación: Requiere evaluación.
 
Tiempo que toma el trámite: 15 días.
 
Dependencia donde se inicia el trámite: Área de Trámite Documentario o Jefaturas de Migraciones.
 
Autoridad que aprueba el trámite: Director General de la DIGEMIN y Director de Naturalización.
 
Autoridad encargada en caso de reconsideración: Director General de la DIGEMIN y Director de Naturalización.
 
Autoridad encargada en caso de apelación: Ministro del Interior.
 
 
 



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